lunes, 30 de julio de 2012

El 70 por ciento de los españoles prefiere acudir a la Mediación

La presente noticia cuyo enlace se incluye al final de la entrada hace referencia a que el 70 por ciento de los españoles, si se les da a elegir, prefieren acudir a un proceso de mediación para divorciarse. Hasta aquí todo está bien, la mediación es un método de resolución de conflictos colaborativa, en que las partes, con la ayuda de un tercero, el mediador, y a través del diálogo que propicia este último, encuentran soluciones buenas para ambos.

No obstante, hay materias que son indisponibles para las partes, entre otras la disolución del vínculo matrimonial a través del divorcio, así como las medidas relacionadas con los hijos: guarda y custodia, alimentos, patria potestad, régimen de visitas con ambos progenitores y sus familias extensas.

Por tanto, cuando una pareja decide divorciarse puede hacerlo dándose sus propias soluciones a través de la mediación e interponer la demanda de divorcio de mútuo acuerdo, o llegar al mútuo acuerdo a través de los abogados directamente e interponer la demanda, o por último interponer la demanda de divorcio de forma contenciosa, pero la vía de la mediación no excluye ni la intervención de los juzgados, ni de los fiscales de menores, ni de los abogados, ni de los procuradores. Y creo que cualquier modificación legislativa que tienda a suprimir el procedimiento judicial o que deje en manos de otro tipo de profesionales el divorcio y las medidas personales derivadas del mismo es una equivocación; el matrimonio es una institución básica en nuestra sociedad, lo es tanto, que incluso las parejas del mismo sexo lo han reivindicado. Y sobre todo en un procedimiento de divorcio se decide sobre la vida de las personas adultas y de sus hijos: dónde van a vivir tras el divorcio, de qué manera se van a cubrir las necesidades de los hijos, qué ocurrirá si alguno de ellos enferma, cómo éstos van a poder disfrutar de la compañía de sus padres y sus familias extensas, materia, que como establece nuestro ordenamiento jurídico es indisponible para las partes, y así debe seguir siendo.

En definitiva, si cuando nos divorciamos tenemos que seguir yendo al juzgado ¿para qué sirve la mediación? La mediación, como hemos dicho es un método de resolución de conflictos en el que se favorece el diálogo entre las partes a través de herramientas que usa el mediador, y de ese modo se logran alcanzar acuerdos impensables para las partes y que se acercan mucho más a sus reivindicaciones que lo que podrían conseguir   en un proceso ante el juzgado. Ni siquiera cuando acuden de mutuo acuerdo al abogado para presentar el divorcio de forma común se pueden alcanzar acuerdos tan satisfactorios, entre otras cosas porque el abogado no está preparado para batallar con los sentimientos, intenta pasar siempre de puntillas y que las partes firmen un convenio regulador "tipo" que en un porcentaje bastante alto genera una nueva demanda de modificación de medidas.

A través de la mediación conseguimos que las partes dialoguen, que crean en sus habilidades para negociar y sean capaces de llegar a acuerdos que van a perdurar en el tiempo, porque han salido de ellos mismos.

http://www.diariojuridico.com/actualidad/noticias/ii-estudio-de-opinion-sobre-la-reforma-de-la-ley-de-divorcio-y-violencia-de-genero-iii-el-70-de-los-espanoles-prefiere-acudir-a-la-med

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